
El Código Civil y Comercial de la Nación Argentina establece disposiciones específicas para casos de suplantación de identidad online, contemplando los derechos de las personas afectadas y las responsabilidades de quienes realicen esta práctica ilegal.
En primer lugar, el artículo 1714 del Código establece que toda persona tiene derecho a ser reconocida en su identidad, protegiéndose así su honor y su privacidad. Además, el artículo 1716 establece que toda persona tiene derecho a la imagen, y que cualquier uso no autorizado de la misma, incluyendo su utilización para fines publicitarios o comerciales, es considerado un daño moral.
En lo que respecta específicamente a la suplantación de identidad online, el Código contempla que la persona afectada tiene derecho a exigir la eliminación del contenido o la identidad falsa, así como también puede reclamar una indemnización por los daños y perjuicios causados. En caso de que la suplantación de identidad haya sido realizada por un tercero, este también será responsable por los daños causados.
Es importante destacar que en muchos casos, la suplantación de identidad online puede ser un delito penal, que podría ser perseguido por la justicia. En este sentido, el Código Penal argentino contempla el delito de “usurpación de identidad”, que se refiere a la suplantación de una persona en cualquier ámbito, incluyendo el online.
- La suplantación de identidad se define como la acción de usar una identidad falsa o la identidad de otra persona para realizar una actividad ilícita, ya sea en línea o fuera de línea.
- En Argentina, la suplantación de identidad está tipificada como un delito en el Código Penal y puede ser castigada con prisión.
- En el Código Civil argentino, la suplantación de identidad puede ser considerada como un acto ilícito y puede dar lugar a una demanda civil.
- Si una persona es víctima de suplantación de identidad, puede demandar a la persona que realizó la suplantación y buscar una indemnización por daños y perjuicios.
- Los daños y perjuicios incluyen cualquier daño que la víctima haya sufrido como resultado de la suplantación de identidad, como la pérdida de ingresos o la difamación en internet.
- La víctima de la suplantación de identidad también puede buscar una orden judicial para detener al suplantador y evitar que continúe con la actividad ilícita.
- Los proveedores de servicios online, como los proveedores de correo electrónico y las redes sociales, también pueden ser responsables por no tomar medidas razonables para proteger a sus usuarios de la suplantación de identidad.
- El Código Civil argentino establece que los proveedores de servicios en internet tienen la obligación de tomar medidas razonables para garantizar la seguridad de la información personal de sus usuarios.
- Si un proveedor de servicios online no cumple con sus obligaciones, puede ser demandado por la víctima de la suplantación de identidad.
- Es importante que las personas tomen medidas para proteger su información personal digital, como no compartir contraseñas y tener cuidado al compartir información on line. También es importante informar a las autoridades si se es víctima de suplantación de identidad en línea.